A propósito del "despropósito" que presentó el Gobierno del PSOE y que afectaría al secreto de las comunicaciones en internet, sin intervención judicial, aquí os dejo un par de artículos de esta constitución nuestra que tanto gusta, pero sólo cuando conviene:
Artículo 18.3.- Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
Artículo 20.5.- Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial
Y ahora que nos expliquen cómo van a hacer para cumplir la Constitución...
07 diciembre, 2009
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